Informe GOYA de Suelo · Montevideo · Nº 8 · Octubre 2026

En Montevideo, 802 terrenos tienen pegado un edificio más alto que lo que su norma permite, y pueden subir en la mediana cinco pisos más

Quien tiene pegado un edificio más alto que lo que el plano le deja construir puede acordarse a él: la norma de Montevideo admite que el terreno suba hasta la altura del vecino en una franja de su frente (D.223.168). Medimos cada divisoria de los 16 barrios que venimos estudiando con el modelo de superficie de la IDE, y hay 802 terrenos con un lindero así que no son todavía un edificio. En la mediana pueden sumar cinco pisos y un 48% más de metros construibles; con el valor por metro construido del Nº 7, eso va de unos 86.000 dólares por terreno en Tres Cruces a 728.000 en Buceo.



Por qué este informe existe


El Informe Nº 7 cerró con una observación: de las 1.809 obras nuevas que la Intendencia aprobó entre 2010 y 2026 en estos barrios, 166 superan lo que admite el plano, y la causa más común es el acordamiento. Dos terrenos con la misma norma no valen lo mismo si uno tiene pegado un edificio de diez pisos y el otro una casa. Este informe mide esa diferencia.

El régimen está en los artículos D.223.168 a D.223.171 del Digesto Departamental; los tres primeros, en la redacción del Decreto 37.508 de 2020. Es optativo y rige solo en el Régimen General de suelo, no en el patrimonial ni en el específico. Se aplica cuando un lindero está construido sobre la divisoria por encima de la altura vigente del predio, y no deja construir un edificio lleno a la altura del vecino: el volumen alto tiene un ancho que depende del frente (todo el frente hasta 8,60 metros, pero a la altura media entre los dos linderos; el frente menos 3 metros hasta 12; el frente menos 5, con un máximo de 12 metros, por encima de eso, y con un trazado escalonado como opción desde 17), y una profundidad que no puede pasar la que ocupa el edificio lindero sobre la divisoria (D.223.170). El resto del terreno sigue con la norma del plano.

Por eso no alcanza con saber que el vecino es alto: hay que saber si está pegado a la divisoria, cuánto mide ahí y cuántos metros de fondo ocupa. Lo medimos padrón por padrón con el Modelo Digital de Superficie de la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) del Uruguay, de 10 centímetros de resolución, restándole el modelo del terreno: es la altura de lo construido en el vuelo de 2018 y 2019.

Hallazgo 1 · Es escaso: 5,5 de cada 100 padrones del régimen general


De los 40.426 padrones de régimen general con norma validada en los 16 barrios, 2.226 (5,5%) tienen un lindero sobre la misma calle construido sobre la divisoria al menos 5 metros por encima de la altura que su norma les permite, en un tramo de 6 metros o más, y es un edificio según el parcelario (propiedad horizontal) o los permisos de la Intendencia. 1.297 de ellos ya son propiedad horizontal, es decir un edificio dividido en unidades, y 127 tienen un edificio propio más alto que su norma. Quedan 802 terrenos, que son los que pueden interesar a quien compra suelo para construir.

BarrioPadrones de régimen generalCon lindero más alto (medido)%TerrenosAltura del lindero (mediana)
Punta Carretas2.10237517,8%9229,5 m
Pocitos4.91872014,6%20629,4 m
Parque Rodó1.18916213,6%6629,4 m
Centro440327,3%2227,5 m
Cordón3.5721925,4%9229,2 m
La Blanqueada1.291534,1%2229,6 m
Tres Cruces1.654633,8%1831,5 m
Barrio Sur306113,6%526,8 m
Malvín4.4471543,5%6120,7 m
Parque Batlle5.2391803,4%8629,2 m
Buceo5.6871733,0%6927,1 m
Larrañaga2.876551,9%3629,5 m
Aguada2.592381,5%2227,2 m
Bañados de Carrasco1.705110,6%115,2 m
Carrasco Norte2.35470,3%417,7 m
Carrasco5400,0%0-
Total40.4262.2265,5%80229,1 m

Padrones de régimen general (RGE) con altura validada por GREI, fuera de las áreas de Plan Especial. Lindero más alto: comparte calle de frente con el padrón y, según el modelo de superficie de la IDE, está construido sobre la divisoria al menos 5 m por encima de la altura vigente del padrón en 6 m seguidos o más. Terrenos: sin propiedad horizontal y sin edificio propio más alto que su norma.

En Carrasco no aparece ninguno.

545 de los 802 terrenos (68%) están en cinco barrios: Pocitos, Cordón, Punta Carretas, Parque Batlle y Buceo. Punta Carretas es donde más pesa: el 17,8% de su régimen general tiene un vecino así.

El vuelo es de 2018 y 2019. Lo construido después no aparece: según los permisos de la Intendencia, otros 128 terrenos tienen al lado un edificio aprobado de 2019 en adelante que podría generar acordamiento, y que no medimos.

Hallazgo 2 · La mediana sube cinco pisos, sobre una franja de 13 metros de fondo


En la mediana, estos terrenos tienen una norma de tres niveles y un lindero de 29,1 metros sobre la divisoria. El volumen alto llega hasta donde llega el edificio de al lado, y eso cambia mucho de un padrón a otro: la mitad de los tramos medidos está entre 10 y 16 metros. Con el ancho que admite cada frente, el acordamiento agrega en la mediana 290 m² construibles a cada terreno, un 48% más que lo que admite su norma.

Hallazgo 3 · Cuánto vale: entre 86.000 y 728.000 dólares por terreno, según el barrio


Para pasarlo a dólares usamos el valor residual por metro construido que publicamos en el Nº 7, barrio por barrio (precio pedido menos margen, costo de obra del INE y costos blandos). No hay precio nuevo en este informe.

BarrioTerrenos calculadosPisos extra (mediana)Fondo del tramo (mediana)M² construibles extra (mediana)Suba sobre su normaValor por m² construidoDólares extra por terreno (mediana)
Buceo66515 m44653%1.634728.000
Parque Rodó62612 m30459%2.151655.000
La Blanqueada19513 m34334%1.379472.000
Larrañaga (1)32513 m40138%1.095439.000
Parque Batlle (1)86614 m38673%1.102425.000
Malvín (1)54312 m26640%1.444383.000
Punta Carretas87512 m23961%1.005240.000
Centro204,514 m28333%739209.000
Cordón87412 m22331%887198.000
Aguada19313 m26826%727195.000
Pocitos200612 m24358%699170.000
Tres Cruces1738 m8710%98886.000

USD. Sin esquinas (su perfil sale de otro artículo, el D.223.161). Solo barrios con 10 terrenos calculados o más. M² extra = pisos extra × ancho que admite el frente × fondo medido del tramo × 76,6%, el mismo factor de obra real del Nº 7; en frentes de hasta 8,60 m, a la altura media entre los dos linderos. Pisos extra = niveles que entran en la altura medida del lindero (÷ 2,8 m) menos los de la norma. No se suma el avance extra en profundidad que el D.223.170 admite en frentes menores de 12 m. Valor por m² construido: el del Nº 7.

(1) El Nº 7 tomó en Larrañaga, Parque Batlle y Malvín el costo de una obra de hasta tres niveles sin ascensor; para el volumen alto el valor se recalcula con el mismo precio pedido y el costo de torre mediana del INE (1.382 dólares por m²).

La diferencia entre barrios la hace sobre todo el valor por metro construido: en Parque Rodó el Nº 7 dio 2.151 dólares, en Pocitos 699, porque en Pocitos tomamos la terminación de torre suntuaria. Cada metro que suma el vecino alto vale tres veces más en un barrio que en el otro.

Medir en lugar de estimar


Los permisos de construcción de la Intendencia dicen cuántos metros se aprobaron en cada padrón, y de ahí se puede estimar la altura del vecino, pero no dicen si el edificio está pegado a la divisoria ni cuánto fondo ocupa. Cruzamos las dos fuentes:

Linderos que los permisos marcan como altosPadrones
La medición confirma un edificio pegado a la divisoria, 5 m o más por encima de la norma193
Sobre la divisoria no supera la norma en 5 m (está retirado o es más bajo de lo estimado)210
Edificio aprobado de 2019 en adelante, posterior al vuelo266
Total669

De los 2.226 padrones que la medición confirma, solo 231 estaban entre los que la estimación por permisos marca como altos (en algunos, por el lindero del otro lado). En Street View revisamos casos de cada grupo: en los confirmados se ve una construcción baja pegada a la medianera de un edificio alto; en varios de los no confirmados, la torre del vecino tiene un retiro lateral que desde la calle no se distingue, y en Carrasco Norte lo que el modelo mide alto son pinos sobre casas de dos pisos.

Lo que este informe no dice


Método y fuentes


DatoDónde está
Régimen de acordamientoDigesto Departamental, Vol. IV, arts. D.223.168 a D.223.171, texto vigente leído el 25 de octubre de 2026 (D.223.168 a D.223.170 en la redacción del Dto. 37.508, arts. 20 a 23; D.223.171 en la del Dto. 34.889 de 2013). https://normativa.montevideo.gub.uy/articulos/51266 · https://imnube.montevideo.gub.uy/share/s/ZogOaZPzTNaiAnbi1BTc0g
Altura y fondo del edificio linderoIDE Uruguay, cobertura urbana, Remesa 01 Montevideo: Modelo Digital de Superficie 10 cm menos Modelo Digital de Terreno 100 cm (archivos del 16 de abril de 2019). https://visualizador.ide.uy/descargas/datos/CU_Remesa_01/01_MDT_MDS/01_Ciudad_MVD/
Régimen de suelo de cada padrónIntendencia de Montevideo, parcelario v_mdg_parcelas (campo RGS: régimen general, patrimonial o específico), descargado el 9 de octubre de 2026. https://intgis.montevideo.gub.uy/sit/php/common/datos/generar_zip2.php?nom_tab=v_mdg_parcelas&tipo=gis
Áreas de Plan EspecialIntendencia de Montevideo, capa ot_v_pat_lim_areas y campo PLANESP del parcelario
Altura vigente del padrónLa que GREI da por validada: decreto de la Junta donde fija el padrón, plano de la Intendencia donde no se conoce excepción (mismo criterio que el Nº 7)
Linderos y calle de frenteGeometría del parcelario y direcciones oficiales de la Intendencia (v_mdg_direcciones)
Edificios posteriores al vueloIntendencia de Montevideo, permisos de construcción (capa ic_v_ce_permisos_construccion_geom), descargados el 16 de octubre de 2026
Valor por metro construidoInforme GOYA de Suelo Nº 7, 22 de octubre de 2026, Hallazgo 1. https://gustavoortegayasoc.com/informe-suelo-montevideo-barrios.html

Sobre este informe


Lo produce Gustavo Ortega y Asociados, estudio de arquitectura con treinta años de ejercicio en dirección de proyecto y obra en Uruguay y la región. El análisis corre sobre un sistema propio que cruza catastro, normativa y precio padrón por padrón.

Se publica de forma periódica. Quien quiera el análisis de un padrón concreto puede escribir a gortega@gustavoortegayasoc.com.

Los datos citados corresponden a las fuentes y fechas indicadas. La normativa y los precios cambian; antes de una decisión de inversión, cada padrón debe verificarse contra la fuente oficial vigente.